La Comunidad regula la evaluación y la calificación en Bachillerato
24 Junio, 2009distrito21.com
La ConsejerÃa de Educación ha publicado la Orden por la que se regulan la evaluación, la calificación, la promoción y la titulación, asà como los documentos oficiales que deben utilizarse para el Bachillerato en los centros docentes públicos y privados de la Comunidad de Madrid que estén autorizados para impartir estas enseñanzas.
Habrá una evaluación continua que requerirá la asistencia regular a las clases y a las actividades programadas para las distintas materias y una evaluación final que valorará los resultados obtenidos por el alumno al término del periodo lectivo. Los profesores tendrán en cuenta la adquisición de conocimientos y la madurez académica del alumno en relación con los objetivos del Bachillerato.
Se pasará a segundo curso cuando se hayan aprobado todas las materias de primero o se hayan suspendido un máximo de dos asignaturas. Quienes pasen a segundo con asignaturas pendientes deberán matricularse de las materias del curso anterior. Los alumnos que al término de segundo tengan alguna evaluación negativa, podrán matricularse de ellas sin necesidad de cursar de nuevo las materias superadas.
Los resultados de la evaluación se expresarán mediante calificaciones entre 0 y 10 y la nota media del expediente será la media aritmética de las calificaciones de todas las materias cursadas y superadas que integren el itinerario educativo del alumno. Para obtener el tÃtulo de Bachiller será necesario aprobar todas las materias de los dos cursos que lo componen y los alumnos podrán realizar en septiembre una prueba extraordinaria de las materias que no hayan superado.
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