Comienzan las rebajas y la Comunidad de Madrid recuerda a los consumidores sus derechos
22 Junio, 2008DISTRITO 21
El pasado día 21 comenzó en nuestra región la temporada de rebajas de verano. Con este motivo, la Comunidad de Madrid recuerda a los consumidores sus derechos en este tipo de ventas. Por ejemplo, que los productos ofertados como rebajados deben indicar el precio original y el reducido. Además, sólo se pueden incluir en rebajas artículos que lleven a la venta un mínimo de un mes, es decir, que se excluyen artículos antiguos o deteriorados.
El consejero de Economía y Consumo de la Comunidad de Madrid, Fernando Merry del Val, explicó que las dudas principales de los consumidores en esta época se refieren al tipo de información que deben mostrar las etiquetas de los productos, el tipo de artículos que pueden anunciarse como rebajados, las condiciones de la garantía y la forma de pago.
A este respecto, señalaó que «la rebaja de los precios no puede afectar nunca a la garantía que, por lo general, es de dos años: en ese plazo, si un producto resulta defectuoso, deben devolvernos nuestro dinero». «Además –añadió–, los establecimientos no pueden ofrecer información contradictoria sobre sus propias condiciones de venta. Es decir, si una tienda anuncia en los tiques o en la publicidad que acepta la devolución de productos que estén en perfectas condiciones, el dependiente no puede excluir de esta garantía adicional los productos rebajados».
Respecto a la forma de pago, añadió que «debe ser la misma que el resto del año, a no ser que el vendedor especifique lo contrario en un cartel bien visible; en caso de contradicciones en la información facilitada al público, por ejemplo, que el cartel diga una cosa y el tique otra, prevalece la opción más favorable al consumidor».
Por otro lado, no podrá anunciarse la venta en rebajas de un establecimiento comercial cuando la rebaja afecte a menos de la mitad de los productos ofrecidos. En el supuesto de que las ofertas en rebajas no se apliquen a la totalidad de los productos comercializados, los rebajados estarán debidamente identificados y diferenciados del resto.
En caso de reclamación
En caso de tener que reclamar, el consumidor puede canalizar sus quejas a través de la oficina de información al consumidor de su ayuntamiento o realizarla de manera telemática en el Portal del Consumidor de www.madrid.org. (PINCHANDO AQUÍ)
Para garantizar su información, la Comunidad ofrece a todos los consumidores la posibilidad de consultar cualquier duda a través del teléfono 012 o acceder al especial sobre rebajas destacado en el Portal del Consumidor.
Los comercios que anuncien rebajas pueden hacerlo un mínimo de una semana y un máximo de dos meses entre el 21 de junio y el 21 de septiembre.
RECLAMACIONES Y RECOMENDACIONES
Las rebajas de verano ya están aquí. Se inician oficialmente el día 21 de junio y duran hasta el 21 de septiembre, ambos inclusive. Dentro de ese plazo, cada comercio puede elegir su periodo de rebajas. De hecho, muchas tiendas no lo inician hasta el 1 de julio.
En este tipo de ventas, recuerde:
Es importante conocer los requisitos que se deben cumplir para que las rebajas sean denominadas como tales:
No se puede hablar de rebajas cuando se trata de venta en liquidación (precios más bajos por cierre o cambio de negocio) ni de venta de saldos (artículos de otras temporadas o con alguna tara). No hay que dejarse engañar si el establecimiento anuncia en el escaparate publicidad de rebajas pero lo que vende son liquidaciones o saldos.
Cada establecimiento es libre de elegir la duración de sus rebajas, pero no podrán durar menos de una semana ni más de dos meses, dentro de las fechas estipuladas. Las fechas de período de rebajas deben exhibirse en un sitio del establecimiento visible al público, incluso cuando esté cerrado.
Un comercio que anuncie que está en rebajas, debe tener como mínimo la mitad de sus productos rebajados, y los artículos deben haber sido expuestos durante, al menos, un mes antes de esas fechas. No se pueden sacar a la venta artículos expresamente para esta época.
Los productos deben tener la misma calidad que los ofrecidos hasta el momento.
El precio rebajado debe aparecer junto al precio anterior, tanto en las etiquetas del producto como en las de los escaparates.
Al igual que ocurre en épocas fuera de rebajas, los productos duraderos, como electrodomésticos o muebles, tienen una garantía de dos años y el establecimiento está en la obligación de aceptar la devolución si el artículo tiene un defecto de fábrica. Sin embargo, en el resto de los casos, los comerciantes son libres de aceptar o no las devoluciones. Si durante el resto del año las acepta y en rebajas no, se debe anunciar esta circunstancia claramente a los consumidores. Lo mismo sucede con las formas de pago aceptadas. En caso de que la información no esté clara (por ejemplo, que un cartel avise de que no se aceptan devoluciones y en el tique ponga lo contrario) el consumidor tiene derecho a exigir la devolución.
Promociones, que no rebajas
En algunas ocasiones, aparece una modalidad parecida a las rebajas en la forma pero distinta en el fondo: las promociones. Se diferencian de las rebajas en que no se realizan dentro de unas fechas concretas y en que su fin es dar a conocer un nuevo producto, que se oferta en mejores condiciones para incentivar su venta. Del mismo modo, los artículos en promoción tampoco pueden tener defectos ni ser de peor calidad que los que van a ponerse a la venta posteriormente al periodo promocional.
Recomendaciones
La tentación de comprar en rebajas puede llevarnos a sacar la tarjeta de la cartera de forma instintiva y desproporcionada. Por eso, Consumadrid ofrece los siguientes consejos:
Hacer una visita previa por las tiendas para tantear los precios y las unidades.
Elaborar una lista de lo que se necesita y no comprar por comprar.
Comparar el precio anterior y el rebajado para valorar si realmente merece la pena la compra.
Ser precavido y desconfíar de las grandes ofertas, ya que pueden ocultar algún defecto o tener como único objetivo atraer a la clientela sin disponer de existencias suficientes para todos los pedidos. En este último caso, el vendedor tiene la obligación de proveer nuevas unidades en un tiempo razonable o, si no es posible, ofrecer otro producto de similares o superiores características.
No aceptar ningún artículo en mal estado, con taras o estropeado; le estarán ofreciendo un saldo, no una rebaja.
Rechazar artículos cuyas instrucciones de uso no vengan en castellano.
Guardar todos los tiques y facturas, ya que será la principal defensa a la hora de reclamar. El consumidor está en su derecho de exigir las hojas de reclamaciones. Todos los establecimientos deben tenerlas a disposición del público durante todo el año, sean rebajas o no.
Reclamaciones
Las rebajas implican una reducción en los precios pero no una disminución de los derechos del consumidor. Si se desea reclamar, hay que rellenar la hoja de reclamaciones y presentarla ante la oficina de consumo más próxima al domicilio del consumidor. Dependiendo del caso, la Dirección General de Consumo podrá canalizar la queja a la Dirección General de Comercio de la Comunidad de Madrid, competente en algunos aspectos referidos a este tipo de ventas. Las oficinas de consumo informarán de si la empresa está adherida al Sistema Arbitral de Consumo y, si es así, el consumidor podrá solicitar un arbitraje.
Puedes opinar sobre ésto en los foros del distrito-21








Buena noticia. Por lo menos ya sabemos de un sitio donde poder reclamar ante la desfachatez de muchos comercios que se creen que «todo el monte es orégano»
A mí me han hecho quedarme con un vestido que tenía un defecto y dicen que lo he hecho yo. He protestado pero no me han hecho ni caso. Si me dirijo a la Comunidad me hacen rellenar una hoja y me dicen que ya contestarán. ¿Cuándo? El año que viene que ya no me sirve para nada.