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El Grupo PSA Peugeot Citroën adopta novedosas medidas para conciliar vida familiar y vida laboral de sus empleados en España

14 Mayo, 2008

D21 / CITROËN
Teleasistencia para ancianos, segunda opinión médica internacional en caso de enfermedad grave, selección de servicio doméstico o consulta telefónica psicológica o jurídica, son algunas de las prestaciones que Citroën ha puesto a disposición de sus trabajadores en España a partir del día 14 de mayo de 2008.

¿Qué pareja de trabajadores no se ha visto alguna vez en la situación de tener un hijo enfermo y no encontrar quien se pueda hacer cargo de él?, ¿cuántos no están preocupados por el bienestar de sus padres ya mayores que viven solos? A éstos y a otros muchos problemas privados de los trabajadores responde el programa “Alares”, contratado por el Grupo PSA Peugeot Citroën, para sus empleados en España, sin coste alguno para los mismos.

«Tenemos poquísimo tiempo para seleccionar una empleada de hogar que se ocupe de nuestra casa y de nuestro bebé, y no nos fiábamos de las referencias», –comenta un trabajador de Citroën–. «Este programa nos da la tranquilidad de saber que la empleada que se quedará sola en casa será de toda confianza». Efectivamente, con la firma de este acuerdo, la empresa proporciona recursos, servicios y ayudas orientadas a prestar un apoyo a sus trabajadores en las complicaciones que puedan surgir en su vida cotidiana. Así, a partir del 14 de mayo, todos los trabajadores y sus familiares próximos podrán tener asesoría telefónica jurídica, dietética, sobre planificación familiar… pero, también, ATS o fisioterapeuta a domicilio, por poner algunos ejemplos.

La firma de este programa social se incluye dentro de la política de responsabilidad social corporativa de la empresa que cuenta, además, con una estrategia de Recursos Humanos proactiva en materia de igualdad de oportunidades mujer-hombre. Esta política ha tenido su reflejo en los diferentes acuerdos firmados a lo largo de los últimos años en España, en acciones como formación en igualdad, acumulación de servicios por lactancia y de reducción de jornada, o la difusión de un procedimiento de actuación en caso de contravención de los derechos humanos y del acoso.

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